Artículos
Artículo 20.- Funciones del Gerente.
1.- Ejecutar y hacer cumplir los acuerdos de la Junta Rectora.
2.- Dirigir, inspeccionar e impulsar los servicios del organismo, de conformidad con las directrices de la Junta Rectora.
3.- Desempeñar la jefatura administrativa del organismo.
4.- Asistir a las sesiones de la Junta Rectora, con voz y sin voto.
5.- Proponer a la Presidencia la contratación del personal necesario para el ejercicio de las actividades del organismo.
6.- Reconocer las obligaciones de gastos previamente aprobadas y ordenar los pagos que no excedan de 3.000 euros.
7.- Cuantas otras la Junta Rectora o el Presidente estimen oportuno conferirle.

