Artículos

Artículo 2.- Objeto.

Servicios Tributarios de Ceuta tiene como objeto:

  • La gestión, liquidación, recaudación, inspección y revisión de los tributos de la Ciudad de Ceuta.
  • La recaudación de los demás ingresos de derecho público de la Ciudad.
  • La tramitación y resolución de los expedientes sancionadores relativos a los tributos cuya competencia gestora tenga atribuida.
  • La elaboración de los informes que le sean encomendados para el análisis y diseño de la política global de ingresos públicos.
  • La elaboración e interpretación de las normas tributarias propias de la Ciudad.
  • El desarrollo de las actuaciones administrativas necesarias para que el sistema tributario competencia de la Ciudad se aplique con generalidad y eficacia a todos los contribuyentes.
  • La gestión y recaudación de los ingresos correspondientes a sociedades y organismos dependientes de la Ciudad, de conformidad con las estipulaciones que en los preceptivos convenios se establezcan.