Regimen Fiscal Especial de Ceuta

Artículo 34 de la Ley Orgánica 1/1995, de 13 de marzo, de Estatuto de Autonomía de Ceuta, se configura:

  • Principio de Autonomía Financiera
  • Principio de Suficiencia Financiera

Disposición adicional quinta de la Ley Orgánica 8/1990, de Financiación de las CC.AA., según redacción dada por la Ley Orgánica 3/1996, establece que:

La actividad financiera y tributaria de la Ciudad Autónoma de Ceuta se regulará teniendo en cuenta su peculiar Régimen Económico y Fiscal.