Ventajas de Imposición Externa

Régimen Arancelario:

  • Puerto Franco.
  • Exclusión de la Unión Aduanera.
  • No existen por tanto, Aranceles de Aduana a la Importación.

Reglas de Origen:

  • Comercio Libre entre el territorio aduanero de la Comunidad y Ceuta, respecto a sus productos originarios.
  • Productos enteramente obtenidos en Ceuta o transformados suficientemente (artículo 6).

Ventaja Fiscal Competitiva:

  • Puerto Franco.
  • Transformación de materias primas  Libre Comercio UE
  • Imposición interna
  • Estatal 50% Bonificación
  • Local Neutralidad Imposición Indirecta
                          I.P.S.I. Deducible en Activ. Productivas.